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Retención de ISR en Plataformas Tecnológicas

  • Foto del escritor: Roca y Sauco
    Roca y Sauco
  • 22 jul 2021
  • 1 Min. de lectura


Retención de ISR


Con la reforma fiscal para 2021, se ajustaron las tasas de retención aplicables de acuerdo al tipo de servicio que se presta para quedar como sigue:


Nota: Las tasas contenidas en las tablas son las que aplicarán las plataformas de intermediación sobre el total de ingresos que cobren dichas plataformas y les entreguen a las personas físicas. En el caso de que la persona física efectúe cobros directos a sus clientes, debe aplicar las tasas al total de ingresos cobrados por dichas actividades de manera directa adicionados con el total de ingresos pagados por la plataforma y podrá acreditar el ISR retenido.

 
 
 

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